Durante la temporada de Black Friday, algunas personas aprovechan de viajar para aprovechar los descuentos que ofrecen en otros países en productos que usualmente son más costosos en Ecuador o que quizás no se encuentran en el país.
Al ingresar al país, por vía área o terrestre, hay artículos considerados "efectos personales" por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), por los que no hay que pagar impuestos.
Es importante tener en cuenta cuáles son para evitarse sorpresas en los controles de Aduana.
Estos son algunos artícuos por los que no hay que pagar impuestos, al ingresar por vía aérea:
Un drone, nuevo o usado, con valor de hasta USD 10.000.
Un monitor de computadora de hasta 32 pulgadas.
Un televisor de hasta 60 pulgadas.
Máximo 5 litros de bebidas alcohólicas para pasajeros mayores de 18 años.
500 mililitros de perfumes por persona, o 1.000 mililitros por grupo familiar.
2.500 mililitros de cremas, lociones corporales y splash por persona, o 5.000 mililitros por grupo familiar.
Medicamentos, vitaminas y suplementos alimenticios.
Los medicamentos deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica nacional o extranjera.
En suplementos alimenticios, puede traerse un máximo de 8 kilogramos. Alimentos debidamente sellados o empacados al vacío.
Joyas, bisutería, adornos para el hogar. Libros, revistas, material fotográfico.
De estos equipos electrónicos se puede traer uno nuevo y uno usado:
Teléfono celular.
Laptop.
Cámara fotográfica.
Reloj inteligente o smartwatch Videograbadora o filmadora.
Tableta.
Consola para videojuegos y máximo dos accesorios.
¿Y si viaja por tierra? Algunas personas también aprovechan viajar por tierra a países vecinos como Colombia, durante el Black Friday y otras temporadas de descuento.
Por vía terrestre, los artículos exentos del pago de tributos son todos los bienes de uso y consumo personal del viajero o su familia, "siempre que no tengan fines comerciales", explica el Senae en su página web.
Entre los artículos que pueden ingresar como "efectos personales", sean nuevos o usados, están:
Prendas de vestir. Artículos de tocador y elementos de aseo personal.
Joyas, bisutería,
Adornos personales o para el hogar, en cantidades no comerciales.
Libros, revistas, material fotográfico.
Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío.
Bienes, herramientas o equipos de uso profesional,
siempre que el viajero justifique su actividad laboral mediante un carnet laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado.
Medicamentos de uso personal. En caso de que los medicamentos contenga sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica. Artículos deportivos. Juguetes.
Adicionalmente, podrá ingresarse una unidad usada de los siguientes artículos electrónicos: Cámara fotográfica. Filmadora. Teléfono celular o satelital. Tableta. Equipo de posicionamiento global portátil (GPS). Laptop. Calculadora electrónica.